24/02/2023
Marta Fernández Cobo, periodista agroalimentaria
El pasado 29 de diciembre, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación hacía público el Real Decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas bovinas. Con su publicación, las dudas respecto a la redacción definitiva de determinados aspectos más o menos sensibles quedaban despejadas. Si bien, su acogida, como era de esperar, ha sido desigual. Para tener una visión completa del mismo, que ya está en vigor, hemos charlado, por un lado, con Esperanza Orellana, directora general de Producciones y Mercados Agrarios del MAPA y, por otro, con los portavoces de las entidades más representativas del sector.
GANADERÍA. ¿Cuáles son los objetivos que persigue el nuevo Real decreto?
ESPERANZA ORELLANA. Persigue ordenar la base productora del sector en España y dotar a este eslabón de una herramienta básica con la que responder a los retos a los que se enfrenta, tanto en el ámbito medioambiental y de cambio climático, como de seguridad alimentaria, bioseguridad, sanidad y bienestar animal.
A diferencia de otros sectores ganaderos, el de bovino, a pesar de su magnitud productiva, carecía hasta este momento de una norma nacional de ordenación básica. A la vista de su desarrollo en términos de producción, profesionalización e internacionalización durante estos últimos años, así como su importante papel en el mantenimiento del componente social y medioambiental de nuestro medio rural, se evidenció la necesidad de facilitarle una norma básica, específica y única en la que se recogieran unos requisitos mínimos de infraestructuras, equipamiento y funcionamiento en sus explotaciones, de modo que éstas pudieran afrontar las mencionadas exigencias y avanzar en su sostenibilidad.
GAN. Una de las condiciones más significativas que introduce el texto es la reducción del tamaño de las explotaciones de nueva instalación, ¿a qué obedece este cambio?
E.O. El objeto último de la norma es contribuir al desarrollo armónico y sostenible del sector, desde todos los puntos de vista, tanto económico como medioambiental y social. Con estos fines, y conscientes de la sensibilidad social que suscita la instalación de granjas de mayor dimensión y del posible impacto que estas generan sobre el medioambiente y el entorno, se ha establecido una capacidad máxima de las granjas que permita mantener un equilibrio entre la rentabilidad económica y la necesidad de garantizar la sostenibilidad social y medioambiental de la actividad. Dado que hasta ahora no existía un tamaño máximo, el nuevo real decreto establece un límite que compatibiliza el crecimiento del sector con el equilibrio territorial y medioambiental. Por este motivo, las granjas de carácter extensivo quedan fuera de esa limitación.
Me gustaría precisar que las explotaciones existentes a la entrada en vigor del nuevo reglamento que superen el tamaño máximo, no podrán ampliar su capacidad productiva, pero sí que podrán continuar desarrollando su actividad empresarial sin exigirse reducción alguna para ajustarse a ese tamaño límite establecido. En cambio, sí se les exigirá que desarrollen su actividad productiva de acuerdo con las exigencias de infraestructuras y funcionamiento que le correspondan según su grupo de capacidad productiva asignado.
GAN. ¿Qué otros cambios propone?
E.O. El principal cambio que introduce este real decreto es una nueva clasificación de las explotaciones, no ya solo por su tipología y clasificación zootécnica, sino también en base a su sistema de producción (extensivo, semiextensivo y no extensivo) y su capacidad productiva (tamaño medido en Unidades de Ganado Mayor).
Sobre esta nueva clasificación de explotaciones se apoyan las novedades introducidas, como son las exigencias y obligaciones en materia de infraestructuras, equipamiento, funcionamiento y gestión, que se aplican a las explotaciones proporcionalmente de acuerdo a su relevancia o impacto potencial sobre la bioseguridad, higiene, sanidad animal y medio ambiente.
Además de esta nueva clasificación, la norma introduce también requisitos en el ámbito medioambiental, como son la adecuada gestión de estiércoles y la introducción de técnicas para reducción de emisiones en las granjas de mayor tamaño.
Otro aspecto importante que se incluye tiene que ver con la propia gestión de las explotaciones, ya que introduce el concepto de autocontrol, que se utiliza en otras normas de ordenación y en otros eslabones de la cadena alimentaria con el fin de facilitar el cumplimiento de las exigencias normativas y el control por parte de las autoridades competentes. Para ello, al igual que en otros sectores, se introduce el Sistema Integral de Gestión de las Explotaciones Bovinas (SIGE).