23/09/2021
Luis Planas ha realizado este anuncio en la Feria de Producción Animal (FIGAN) de Zaragoza, donde ha explicado que el decreto ha seguido un largo proceso de elaboración para propiciar el diálogo y la participación de las comunidades autónomas y de las organizaciones y colectivos vinculados al sector.
El decreto establece normas básicas para la ordenación zootécnica y sanitaria de las granjas, incluidas las condiciones mínimas de infraestructura, equipamiento y manejo, ubicación, bioseguridad, bienestar animal, condiciones higiénico-sanitarias, requisitos medioambientales y las obligaciones de los titulares. Además de las exigencias comunes, se estipulan requisitos distintos para explotaciones de carne y de leche. Se establecen requisitos diferenciados también para las granjas de nueva creación y las ya existentes, que dispondrán de periodos transitorios de adaptación.
Como novedad, se establece un límite a la capacidad máxima que pueden tener las granjas de bovinos, fijado en 850 unidades de ganado mayor, ratio equivalente a aproximadamente 725 vacas de ordeño o 1.400 terneros de cebo. Igualmente se fijan las condiciones de alojamiento y alimentación que deben reunir las explotaciones extensivas.
Planas ha inscrito este proceso de revisión normativa en la necesidad de dar respaldo a la transición de las explotaciones ganaderas hacia las exigencias derivadas de las estrategias de Biodiversidad y De la Granja a la Mesa de la Unión Europea, y a incorporar compromisos derivados de las crecientes demandas ciudadanas.
El texto del decreto de ordenación de las granjas de bovino estará sometido a periodo de consulta pública hasta el próximo día 15 de octubre y está disponible en la página web del MAPA.