07/02/2023
Así, el pasado ejercicio, el número de animales comunicados por las comunidades autónomas que cumplen los requisitos establecidos para percibir la ayuda asciende a 443.090, 1.666.284, 1.437y 4.479, para cada uno de los cuatro sub-regímenes.
Como resultado, se han establecido los siguientes importes unitarios provisionales: 27,522687 €/animal para los terneros cebados en la misma explotación de nacimiento en la región España peninsular; 5,244515 €/animal para los terneros cebados que proceden de otra explotación en la región España peninsular; 63,326374 €/animal para los terneros cebados en la misma explotación de nacimiento en la región insular; y 42,196918 €/animal para los terneros cebados que proceden de otra explotación en la región insular.
Con estos importes unitarios provisionales, se podrá realizar un primer pago de la ayuda asociada correspondiente, que no podrá superar el 90% del total a pagar, y siempre y cuando se hayan finalizado los controles administrativos y sobre el terreno.
No obstante, las comunidades autónomas deberán comunicar al FEGA, antes del 30 de abril de 2023, el número total de animales determinados para el pago de la ayuda para, de esta forma, poder calcular el importe unitario definitivo a aplicar.