29/12/2022
En este sentido, la norma establece una diferenciación entre los requisitos para las granjas de nueva instalación y las ya existentes. Estas últimas dispondrán de un período transitorio para el cumplimiento de determinados requisitos cuando ello sea necesario, así como diferencias derivadas de su aptitud productiva.
La capacidad máxima para las granjas de nueva instalación se ha fijado en 850 unidades de ganado (el equivalente a unas 725 vacas de leche, por ejemplo). El objetivo, explica el MAPA, “es conseguir un desarrollo armónico y ordenado del sector, basado en la sostenibilidad en todas sus acepciones y el mantenimiento del tejido productivo en el medio rural, evitando la deslocalización”.
Asimismo, el decreto clasifica las granjas en diferentes categorías en función de su tamaño, “al objeto de modular las exigencias en los distintos ámbitos de actuación de la norma”. El propósito, añade el MAPA, es que el grueso de las granjas ya existentes de carácter familiar no vea comprometida su competitividad en términos de costes adicionales.