18/12/2020
Entre otras cuestiones, con la actualización de este protocolo se refuerza la trazabilidad de los documentos que intercambian los operadores y que acompañan las expediciones de productos ibéricos. De esta forma se facilita el control oficial por parte de las autoridades competentes.
Asimismo, se definen los tipos de operadores que intervienen y las operaciones que se realizan en el sector, lo que va a facilitar la interpretación del propio protocolo y las actuaciones de las entidades de certificación.
De igual forma, se establecen los procedimientos que tienen que seguir los operadores que inician su actividad en el ámbito de la Norma de Calidad del Ibérico, así como para efectuar posibles cambios de Entidad de Certificación.
Actuación frente a la COVID-19
Por otro lado, la mesa de coordinación ha aprobado las directrices de actuación en la campaña 2020-21 frente a la COVID-19, con medidas sobre el confinamiento del personal ante la posible detección de casos positivos que supongan una paralización o demora de las actividades laborales en las granjas, transporte de animales, mataderos, salas de despiece, industrias cárnicas o que incluso afecten a las propias Entidades de Inspección y Certificación.
En este sentido, se ha establecido la posibilidad de prolongar 15 días el plazo fijado para el proceso de engorde en montanera, posponer 15 días la fecha tope de sacrificios (establecida en el 31 de marzo) o para cambiar de matadero, así como la posibilidad de retrasar la realización de auditorías programadas o su realización en remoto.
La Mesa de Coordinación de la Norma de Calidad del Ibérico está formada por las autoridades competentes de las 17 comunidades autónomas y por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que actúa como coordinador.