28/01/2020
Podrán solicitarlas los titulares de explotaciones de ganado vacuno, ovino o caprino que haya muerto o que deba sacrificarse por padecer o convivir con reses afectadas por brucelosis, leucosis o lengua azul. También podrán beneficiarse de estas ayudas los ganaderos que tengan animales sacrificados, muertos o destruidos por encefalopatías espongiformes transmisibles y aves sacrificadas dentro de los programas nacionales de control de salmonela, por un foco de gripe aviar o por enfermedad de Newcastle.
Además, podrá indemnizarse la muerte o sacrificio de animales como consecuencia de una resolución o de actuaciones sanitarias oficiales impuestas por la autoridad competente, así como por tratamientos o manipulaciones preventivas o con fines de diagnóstico.
Para tener derecho a estas indemnizaciones es condición imprescindible que la explotación esté correctamente inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), así como el cumplimiento de la normativa en vigor sobre sanidad e identificación animal, movimiento pecuario, bienestar y alimentación animal.
El plazo de presentación de las solicitudes se prolongará hasta el 30 de noviembre.